Asociación PuntoGal intenta que la presentación de los contenidos y funcionalidades esenciales de esta web sean independientes de los dispositivos físicos de los navegadores web usados para tal fin, codificados con estándares técnicos de uso libre y gratuito y accesibles para navegadores adaptados a personas con deficiencias o limitaciones sensoriales, motoras o cognitivas.

La Unión Europea, en la resolución del Consejo de 25 de marzo de 2002, anima a los estados miembros a tener en cuenta la necesidad de que los contenidos digitales sean accesible y, siguiendo esta recomendación, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de sociedad de la información y de comercio electrónico, dispone que las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias para que la información disponible en sus páginas de Internet sea accesible a personas con discapacidad y edad avanzada, de acuerdo con los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocido, antes del 31 de diciembre de 2005.